Se acabó sacar en cajeros como siempre: Correos lo ajusta todo

Quedarte sin efectivo y sin tarjeta para retirarlo en tu banco ya no será un problema, o no si eres de BBVA y tienes oficina de correos. A partir de este miércoles, la empresa estatal da la opción de tomar vuelo efectivo a los consumidores de BBVA en una de sus 2. 389 oficinas repartidas en España, según indicaron ambas corporaciones en sendos comunicados esta mañana.

La iniciativa se enmarca en la progresión del protocolo de colaboración firmado entre las dos entidades, Correos y BBVA, que tiene como objetivo dotar a todos los ciudadanos de servicios financieros básicos, independientemente de su posición de residencia.

Así se llama la nueva función ya disponible en la aplicación móvil de BBVA a través de la cual los consumidores podrán solicitar la recogida de monedas en cualquier oficina de España. No importa si estás cerca de la oficina de correos de Las Rozas o de cualquier otro dominio de Madrid. o España, lo único que tienes que hacer es avisar desde tu «app» de BBVA la cantidad de monedas que necesitas retirar y pasar a la oficina de correos de Las Rozas con un código QR. El lugar de trabajo postal más cercano a usted, donde ha seleccionado retirar monedas.

Por otro lado, el banco está lanzando otros Correos Cash para facilitar el acceso a las monedas a sus consumidores. Así, en los próximos meses, BBVA pondrá a disposición de sus consumidores la red de 24. 000 carteros, sumando 6. 000 rurales, que Permitirá un acceso más directo a las monedas, haciendo más accesible a los españoles el acceso a sus monedas independientemente de la zona geográfica. ubicación de España donde se encuentre.

Eso sí, el Ministerio de Hacienda y Función Pública recuerda la normativa que entró en vigor el pasado mes de febrero sobre la responsabilidad legal de reclamar los movimientos de dinero. De acuerdo con esta normativa, recuerda que es «obligatorio reclamar los movimientos de entrada o salida de España de cantidades de dinero iguales o superiores a 10. 000€”, así como “dentro del país, cuando las cantidades excedan de 100. 000€”.

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