El Ministerio de Hacienda a abandonar la pelea que libraba con un individuo que pretendía saber qué acciones tiene Pedro Sánchez en empresas indexadas.
En 2021, este ciudadano presentó una solicitud al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en la que, la ley de transparencia, pedía que se le facilitara el “detalles de los bienes dinerarios del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Pido la lista de sociedades anónimas en las que el presidente tiene acciones”.
El órgano que preside María Jesús Montero respondió que «el contenido de las declaraciones de bienes y derechos patrimoniales de los miembros del Gobierno, secretarios de Estado y demás altos cargos se publicará en el BOE, en los términos que reglamentariamente se establezcan, publicándose un todo el escenario patrimonial de esos altos cargos».
La reacción sí satisfizo al usuario que solicitó estos datos. Presentó una denuncia ante el Consejo para la Transparencia y el Buen Gobierno, en la que denunciaba que «los datos publicados en el BOE son suficientes para satisfacer mi solicitud de datos».
Insistió en que pidió «saber en qué sociedades anónimas invirtió el señor Pedro Sánchez su patrimonio monetario», y para ello buscó al secretario de la presidencia del gobierno para que rindiera cuentas de los movimientos del presidente.
Ha explicado que el segmento de «acciones cotizadas» del de equidad de Sánchez publicado en el BOE estaba vacío, «pero no las acciones no mantenidas, lo que puede ser simplemente falso ya que en su escrito al Congreso de los Diputados dice que sus acciones están cotizadas».
Por ello, preguntó si Sánchez «mantiene las acciones que el Consejero Delegado tenía en Repsol y Red Eléctrica, dado que su control al frente del Consejo de Ministros sólo puede estar relacionado con su evolución monetaria de esas dos empresas». el valor de la energía eléctrica y el combustible está en su punto más alto».
El Consejo de Transparencia accedió a la solicitud, fundada en una sentencia del Tribunal Supremo de febrero en la que identificó el derecho de los datos relativos a la identidad de los altos cargos que no hubieran cumplido con las obligaciones previstas en la Ley 3/2015 y que hubieran sido incluye en el informe que la Oficina de Conflicto de Intereses, “establece una doctrina que es directamente trasladable al caso en cuestión”.
En una solución de mayo (disponible aquí), sugirió al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que remitiera al solicitante la «lista de sociedades anónimas participadas por el Presidente del Gobierno» en un plazo máximo de 10 días corridos.
Hacienda no se enfadó y luchó para no tener que cumplir con la resolución de transparencia. Al menos esa fue su primera reacción.
El Ministerio interpuso recurso contencioso administrativo la resolución del Consejo de Transparencia. El recurso recayó ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo N° 1.
Pero el proceso judicial terminó con una resolución a través del propio Ministerio de Hacienda.
Una sentencia de este tribunal, de fecha 12 de julio, informa que el fiscal en representación del Ministerio de Hacienda envió un escrito el 23 de junio «solicitando el sobreseimiento».
Es decir, Hacienda ha desistido de seguir adelante con el recurso que había presentado ese mismo mes. El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo N° 1 calificó el desistimiento del Ministerio de Hacienda y dio por concluido el procedimiento.
Habrá de entenderse pues que Hacienda rectificó, desestimó el recurso de casación por no haber facilitado los datos solicitados, y a pesar de todo transmitió al solicitante los datos solicitados y que el Consejo de Transparencia le demostró que merecía recibir: la «lista de sociedades anónimas participadas por el Presidente del Gobierno».
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