Iván García
El Tesoro no pierde de vista todos los movimientos económicos realizados por los ciudadanos. Cualquier transacción que se salga del control hará sonar la alarma ante las autoridades fiscales. Incluso nos enfrentamos a consecuencias importantes cuando se trata de transferencias gigantes de efectivo entre familiares.
A partir de cierta cantidad, las personas físicas tienen la obligación de declarar la operación. El Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, en su artículo 38 recoge el deber de los bancos respecto a las transacciones de dinero y transferencias.
Hacienda exige a dichas entidades que declaren todos los movimientos en efectivo cuando rebasen los 3.000 euros. Dicha medida se extiende a cualquier tipo de operación, independientemente del medio que se utilice y de la moneda. Por lo tanto, si tienes previsto hacer un regalo por encima de ese valor, no te quedará más remedio que notificarlo a la Agencia Tributaria o te puedes llevar algunas multas.
El Tesoro pedirá a los bancos que proporcionen tantos datos como sea posible al respecto. Estos incluirán el importe de la transacción, el tipo de transacción, la identidad del usuario que realiza la transacción y el número de cuenta.
Podrían existir dudas sobre la necesidad de reclamar determinadas sumas de dinero, especialmente cuando se trata de actos entre particulares. Hacienda precisa que la Ley 11/2021 de medidas de ahorro y lucha contra el fraude fiscal limita el pago en efectivo a 1. 000 euros.
Además, desde febrero del año pasado también exigen la declaración de las entradas o salidas de efectivo superiores a 10. 000 euros. En el territorio nacional, esos viajes estarán restringidos a 100. 000 euros; Si se excede el límite, es posible que se impongan multas.
Cuando se manejan pequeñas cantidades de dinero, no hay necesidad de declararlo al Fondo Consolidado de Ingresos. Esto es lo que ocurre, por ejemplo, cuando los familiares prestan trescientos euros o porcentaje del coste de una comida.
Pero el escenario variará cuando las cantidades se disparen excesivamente y alcancen las cantidades detalladas anteriormente. En este caso habrá que declararlo.
Cualquier operación bancaria superior a 3. 000€ tendrá que ser notificada a Hacienda. Será la propia entidad la que tendrá que realizar este trámite para que pueda comprobarlo y descartar cualquier tipo de irregularidad.
Sin embargo, también permanecerán en espera para otros movimientos. Por ejemplo, cuando se ejecutan muchas operaciones con la misma cantidad durante un corto período de tiempo o se utilizan billetes de 500 €.
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