El efectivo sigue siendo el medio de pago máximo utilizado en España, lo que hace que el uso de cajeros automáticos sea una práctica habitual en nuestro país. Sin embargo, a las personas mayores les resulta mucho menos complicado realizar sus operaciones monetarias con la ayuda de un trabajador de la entidad. .
Según el Banco de España, que la entidad bancaria preste o no este servicio forma parte de la normativa interna: «El presupuesto que el usuario tenga depositado en un establecimiento de créditos en forma de llamado a depósito deberá hacerse para ser le pondremos a disposición, previa solicitud, sin demora, uno de los medios previstos en el contrato.
El establecimiento establece normas y reglas que las entidades bancarias deberán cumplir a la hora de brindar facilidades a sus clientes. Si un banco opta por limitar las transacciones seguras en cajeros automáticos y favorecer el uso de cajeros automáticos o plataformas virtuales, deberá cumplir con una serie de requisitos :
El Banco de España establece la responsabilidad legal de las entidades bancarias de informar a sus consumidores de cualquier modificación en sus instalaciones o contratos, que también abarca ajustes similares al uso de los cajeros automáticos. Para cumplir con este requisito, el banco tendrá que utilizar todos los medios para estar tenía canales de comunicación con sus consumidores.
Por ello, se recomienda que los consumidores mantengan actualizados sus principales puntos de contacto y cuenten con canales de comunicación transparentes con el banco para ser contactados en caso de algún cambio en la oferta.
Los bancos deberán notificar cualquier ajuste con al menos dos meses de antelación antes de implementarlos. Si el consumidor no expresa su guerra de palabras dentro de este plazo, se presumirá que acepta los ajustes propuestos.
Esta comunicación debe ser personalizada, ya sea en formato impreso o en otro medio telemático que garantice la conservación y reproducción del mensaje sin alteraciones.
El protocolo para promover la inclusión financiera de las personas mayores, acordado entre el Gobierno y la banca hace más de un año, sigue presentando deficiencias. A pesar de los compromisos adquiridos por las entidades bancarias para ofrecer un servicio más enfocado en la atención personalizada y menos digitalizado, con prioridad en la atención telefónica, mejor accesibilidad, simplificación de procesos y ampliación de horarios en las sucursales, aún persisten problemas pendientes, especialmente en lo referente al cobro de comisiones.
Según datos facilitados a través de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), un pensionista que percibe una pensión mensual mensual de 900€ y realiza operaciones monetarias, como coger un vuelo 400€ en efectivo, utiliza la tarjeta de débito y realiza una Con un movimiento mensual de 300 € en ventanilla, solo puede pagar hasta 104 € al año en comisiones bancarias.
El impulsor del movimiento, «Soy mayor, no idiota», Carlos San Juan, explica lo siguiente: «Las comisiones que cobran las entidades son libres, salvo en los casos en los que están limitadas legalmente. En el caso de la comisión por retirada de efectivo en ventanilla no hay ninguna limitación legal». Sin embargo, de acuerdo con las regulaciones bancarias, la entidad tiene que informar a sus clientes sobre las comisiones que se aplicarán antes de llevar a cabo la operación.
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